En general, en todas las profesiones, un objetivo primordial es dar el máximo de calidad. En la profesión médica, donde trabajamos con seres humanos, esto adquiere aún mayor importancia.

En la Academia Americana del Oftalmología disponen de un Código de Etica que sirve como modelo para ejercer una conducta profesional ejemplar y un comportamiento responsable.
En dicho Código se recogen por ejemplo:
– Los servicios oftalmológicos se deben proporcionar con compasión, respeto por la dignidad humana, honestidad e integridad.
– El oftalmólogo ha de ser competente en su trabajo. Dado que su conocimiento nunca puede ser completo, debe estar suplementado por otros colegas cuando sea necesario…
En cualquier profesión pueden surgir conflictos éticos, y, en las profesiones sanitarias, adquieren gran importancia.
La Academia Americana de Oftalmología dispone de un Comité de Etica que intenta mediar en los conflictos a que podemos enfrentarnos en el ejercicio de nuestra profesión. En mi conocimiento, no existe un equivalente en España, pero sería muy recomendable.
Dentro de los conflictos a que podemos enfrentarnos los oftalmólogos, uno de los grupos más importantes son los relacionados con el derecho a morir con dignidad. En nuestra especialidad son poco frecuentes las enfermedades que pueden llevar a la muerte. Los tumores oculares primarios que pueden llevar a la muerte afortunadamente son poco frecuentes: melanoma de coroides, carcinoma de glándulas sebáceas…Muchas veces la atención de estos pacientes requiere la asistencia de otros especialistas (Cirugía maxilo-facial, oncología,etc). Puede ocurrir que el paciente ya no desee someterse a más tratamientos paliativos. La situación puede complicarse cuando el paciente no puede expresar sus deseos debido a su estado o por ser un niño. Por otro lado, también pueden ser atendidos por nosostros determinados pacientes afectados de enfermedades graves sistémicas, tales como granulomatosis de Wegener, esclerodermia,etc., que pueden ser de una evolución larga y penosa. Es posible que en este tipo de enfermedades el paciente pida ayuda para morir.
Otro grupo frecuente de conflictos es el relacionado con el “derecho a la información”. Desgraciadamente, en ocasiones, es inevitable tener que informar al paciente o a sus familiares de diagnósticos muy graves. Uno de los primeros preceptos es hacerlo, al menos, con humanidad. El oftalmólogo puede ser el primero en dar la desgraciada noticia de una recidiva (metástasis coroidea) de un cáncer de mama que se suponía curado. Puede ocurrir a veces que el informar a los pacientes sobre este tipo de afecciones no esté bien visto por sus familiares.
Un tercer grupo, serían los conflictos en torno al “secreto profesional”. Los profesionales sanitarios tenemos acceso a datos muy íntimos de la vida de las personas. Estos datos están protegidos por ley y sólo se permite su violación en casos muy concretos (por ejemplo, para evitar daños a terceros). Algunas infecciones oculares, tales como candidiasis ocular, pueden estar motivadas por determinadas prácticas (adicción a drogas por vía parenteral). Dichas prácticas pueden ser desconocidas para el círculo cercano al paciente (en el trabajo, la familia…). La revelación de dicha información puede suponer un perjuicio enorme para el paciente. El problema es aún más grave si se trata de un menor de edad.
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